Preguntas frecuentes |
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¿Qué es un Traductor e Intérprete Oficial? El Traductor e Intérprete Oficial es aquella persona que habiendo aprobado en la facultad de Lenguas Modernas de la Universidad Nacional de Colombia un examen oral y escrito del idioma extranjero del cual quiere certificarse, goza de un certificado oficial de idoneidad expedido por esa Universidad para desempeñar el cargo, está debidamente posesionado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y su nombre inscrito en el listado de Traductores e Interpretes Oficiales que para el efecto tiene el Ministerio de Relaciones Exteriores. ¿Qué es una traducción simple y qué es una traducción oficial? Una traducción simple puede ser hecha por cualquier persona que tenga conocimiento de una lengua extranjera; Una traducción oficial es aquella realizada por un traductor oficial y es requisito sin qua non para que un documento oficial pueda ser aceptado sin problemas en el país de destino. Documentos colombianos hacia el exterior Antes de cualquier traducción oficial, para que un documento expedido en Colombia sea válido y surta efectos legales en el exterior, debe cumplir una serie de requisitos y pasos previos al trámite de apostilla o legalización (dependiendo si el país de destino pertenece o no a la Convención de la Haya de 1961), ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Cumplidos estos trámites y efectuada la traducción por el traductor oficial, es necesario proceder al trámite de apostilla o legalización de la firma del traductor ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para legalización de la firma del mismo. El costo de la apostilla es de COP $30.000 o € 10.00 por documento sin importar el número de hojas del mismo. La legalización por el contrario es el trámite que realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores para los documentos que van a ser presentados ante gobiernos de países que no pertenecen a la Convención de la Haya (Ejemplo: Canadá, Brasil, etc.) El costo de la legalización es de COP $20.000 o € 9.00 por documento sin importar el número de hojas del mismo. Documentos que provienen del exterior Para que los documentos que provienen del exterior sean aceptados en Colombia, deben tener la respectiva apostilla o legalización del país de origen. Tratándose de documentos producidos en los Consulados de Colombia en el exterior (poderes, autenticaciones de firma, presentaciones personales, etc.) deberán ser legalizados por el Cónsul de Colombia del país de origen del documento y posteriormente la oficina de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia, legaliza la firma del Cónsul o Funcionario encargado. Luego se procede a la traducción. Trámites de documentos previos a la apostilla Documentos civiles (registros civiles de nacimiento, matrimonio defunción):
Registraduría Nacional del Estado Civil, si el documento fue inscrito en la Registraduría del Estado Civil. Documentos Notariales (poderes, autenticaciones de copia, presentaciones personales, escrituras, etc.) Documentos eclesiásticos (bautismales, confirmatorios, de matrimonio, etc.) Expedidos en Bogotá a. Autenticación hecha por el párroco. b. Reconocimiento ante la Arquidiócesis de Bogotá. Expedidos fuera de Bogotá Autenticación hecha por la Arquidiócesis del lugar de expedición del documento Legalización hecha por la Nunciatura Apostólica. Documentos Legales (sentencias, etc.) Consejo Superior de la Judicatura para legalización del Juez que expidió la providencia Documentos de estudio de Colegio Expedidos en Bogotá Legalización de las firmas del Rector y del Secretario ante la respectiva Notaría Secretaría de Educación de Bogotá Expedidos fuera de Bogotá Legalización de las firmas del Rector y del Secretario ante la respectiva Notaría Secretaría de Educación Departamental Documentos de estudio de Universidad Ministerio de Educación Nacional Certificados del Icfes Legalización ante el ICFES Documentos expedidos por el Sena Legalización ante el ICFES Para educación no formal Legalización ante la Secretaría de Educación de Bogotá o Secretaría de Educación Departamental si la Institución Educativa no pertenece al Distrito Capital Certificaciones Médicas Ministerio de la Protección Social Demás profesiones Ante los Consejos donde el profesional tenga registrado su título y tarjeta profesional. |